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COMUNICADO Trabajo Social como profesional de ejercicio liberal y dedicación exclusiva

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El Colegio de Trabajadores Sociales de Costa Rica (Coltras) en cumplimiento de sus fines, ha atendido las consultas de diversas instituciones públicas, con respecto al ejercicio liberal por parte de la profesión en Trabajo Social. Entre las instituciones a las que el Coltras ha brindado apoyo, se encuentran: Instituto de Desarrollo Rural (INDER), Universidad Nacional (UNA), Ministerio de Salud (MS), Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), entre otras.

Desde el año 2020, la Fiscalía del Coltras, ha realizado las investigaciones pertinentes, para fundamentar el criterio de que Trabajo Social cumple con las características para realizar ejercicio liberal profesional. Esta posición del Coltras fue elevada a la Procuraduría General de la República (PGR), quien emitió respuesta al respecto y posteriormente acogida por las instituciones consultantes, mediante el procedimiento interno establecido por la Junta Directiva y Asesoría Legal.

Considerando el oficio PGR-C-014-2022, del 18 de enero del 2022, enviado al Coltras, mediante el cual la PGR anota las características que debe tener una profesión para ser considerada liberal, se establece que: “…a) Es susceptible de ejercerse en el mercado de servicios, b) implica la libertad de juicio e independencia del profesional, c) genera una relación de confianza con su cliente, y d) su ejercicio requiere de un grado universitario y la incorporación al Colegio Profesional respectivo, en caso de que la colegiatura sea obligatoria.” Así, para determinar el carácter liberal de una profesión, es necesario que esa disciplina reúna los cuatro elementos distintivos que la Procuraduría ha señalado. 

Para el conglomerado de personas profesionales en Trabajo Social, existe la posibilidad real y práctica de brindar sus servicios de manera privada, ya que cumple con los parámetros anteriormente mencionados por la PGR. Por tanto, Trabajo Social puede ejercer la profesión de manera liberal, siempre y cuando cumpla con su incorporación al Colegio Profesional, se encuentre al día en sus obligaciones pecuniarias, no esté inhabilitada por sanción disciplinaria y cuente con posibilidad de dedicarse a brindar

servicios por su cuenta, a tiempo completo o menos, sea en forma exclusiva o compartida con alguna institución, entidad u organización, de derecho público o privado. Para lo cual no existe, por principio de legalidad, ninguna norma restrictiva que le excluya o haga nugatoria tal posibilidad.

A su vez, el Código de Ética vigente del Colegio de Trabajadores Sociales del año 2021, establece clara y expresamente la posibilidad del ejercicio liberal de la profesión, de forma indubitable, y constituye una base normativa que faculta a las personas profesionales en Trabajo Social a ejercer en forma liberal. Negar esta posibilidad resulta abiertamente discriminatorio y atentaría gravemente contra los derechos fundamentales de nuestras personas colegiadas, de forma específica en lo atinente al derecho al trabajo, establecido por la Constitución Política en el artículo 56.

Dentro de nuestro mercado laboral existe un sector activo de profesionales en Trabajo Social,  que se dedican a ejercer liberalmente la profesión, sea en forma individual, colectiva o interdisciplinaria mediante asesorías, estudios socio-económicos, estudios para becas, estudios de vida y costumbres, peritaje social: salvaguardia, régimen de visitas, estudios de necesidad, bonos de vivienda, de idoneidad adoptiva, capacitación, formulación de proyectos, consultorías-investigación, entre otras labores. El crecimiento del ejercicio liberal ha logrado la formalización de personerías jurídicas, consolidando empresas consultoras para brindar sus servicios.

La creciente reducción de la política social y la precarización presupuestaria para la atención de la población, han generado el incremento del ejercicio liberal, en respuesta a la demanda de servicios sociales, que en su naturaleza fueron atendidos por el Estado, por lo que consideramos contradictorio no reconocer a la profesión como ejercicio liberal, cuando este sector nace como respuesta a dicha reducción, cuando la misma institucionalidad contrata de manera privada servicios profesionales en Trabajo Social, tales como: Poder Judicial (PJ), Patronato Nacional de la Infancia (PANI), Universidades Públicas, Banco Hipotecario de la Vivienda (BANVHI), Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM), Municipalidades, entre otros.

En este mismo sentido, en el informe de consulta realizado por el Coltras, sobre las condiciones laborales de las personas profesionales en Trabajo Social para el año 2021, el cual alcanzó la participación de 790 personas agremiadas (15% del total de personas incorporadas); evidencia que un 7% indicó dedicarse al ejercicio liberal de la profesión.

Es claro entonces que resulta falaz, fuera de toda realidad y lógica jurídica, concluir la imposibilidad de que profesionales en Trabajo Social vendan sus servicios en forma privada y liberal.

Sumando a esto, el Coltras cuenta con una Comisión activa de Ejercicio Liberal que da seguimiento a las condiciones de trabajo de quienes ejercen liberalmente, con el fin de fortalecer aspectos vinculados a la formación, regulación y seguimiento del sector del gremio que se desempeña en dicho ámbito.

Por lo tanto, considerando la profesión en si misma, la doctrina y jurisprudencia, este Colegio Profesional reafirma contundentemente la pertinencia del ejercicio liberal de la profesión y rechaza vehementemente el no pago de la dedicación exclusiva para profesionales en Trabajo Social, bajo la justificación de que la profesión no realiza ejercicio liberal. San José, 03 de noviembre de 2023.

Dr. Jorge Arturo Sáenz FonsecaMBA. Flor M. Rojas Rodríguez
PresidenteFiscala
Colegio de Trabajadores Sociales de Costa Rica